miércoles, 9 de marzo de 2011

REFLEXIÓN 2: Derechos Humanos Derechos Sociales y Estado de Bienestar.

Habría que añadir dos derechos a la lista de derechos del hombre: El derecho al desorden y el derecho a marcharse. (Baudelaire)

Es en la dignidad del Hombre donde anidan los derechos del ser humano, allí encuentran su razón ontológica. De ahí que sean indivisibles y que hagamos lo dable porque no sean conculcados. En ellos se sostiene nuestra integridad. Cualquiera sea el motivo por el que un derecho se vea limitado: vida, salud, educación, libertad personal, libertad de expresión…; y sin tener en cuenta el orden de importancia, la persona verá menoscabada su dignidad.
Los Estados deberían implicarse en un mismo nivel de compromiso tanto en la aceptación y defensa, como en el respeto y cumplimiento de todos los derechos humanos, sean civiles, económicos, políticos, sociales y/o culturales. Sin embargo, la realidad a veces hacer gala de un rostro muy diferente y la protección de estos derechos se ve contravenida por el inescrupuloso poder… poder que conduce al sometimiento por causas de sexo, etnia, clase social o procedencia. Hay acontecimientos que nos llevan a preguntarnos y a cuestionar muchos de los derechos que no trascienden a los documentos, al puro papel. Aquella corriente que pretendía establecer un robusto sistema de derechos reconocidos internacionalmente, se ha deformado ostensiblemente.
A nuestro modo de ver, en la actualidad asistimos a una desorientación ideológica, moral y ética desencadenada por la confusión entre lo que constituye un ejercicio individual y aquello que  conforma un ejercicio colectivo de los Derechos Humanos (DH). Una de las primeras tareas que tenemos quienes formamos parte de un grupo humano es reconocer la necesidad de una comprensiva dialéctica entre DH privados, desarrollados bajo la protección de poderes públicos, y DH que exigen un proceso social y comunitario, por ende, de vocación universal. ¿Somos capaces la mayoría de nosotros de reconocer como un DH el derecho a la Seguridad Social, el derecho a la satisfacción de necesidades económicas, sociales y culturales? Aunque todos ellos sean indispensables  para la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad de cada individuo, no nos parece una cuestión fundamental. En este tintero se nos quedan los derechos sociales que el Estado de Bienestar debería garantizarnos, por nombrar algunos: derecho al seguro de desempleo, seguro de enfermedad, seguro de viudedad… Más aún, muchos de estos derechos quedan cuestionados en la gestión ya sea pública o privada. Se trata de contenidos estratégicos para el desarrollo humano que llegan a pervertirse en una reducción simplista, desvinculándolos de la responsabilidad del Estado.
Con lo anterior, alguien podría ser contestatario y traer a colación los derechos fundamentales, de valor universal, que no consiguen estar mínimamente garantizados en muchos lugares del planeta. El tema es complejo: ‘dime qué derecho quieres defender y te diré de dónde vienes’. Es verdaderamente una tragedia griega, ¿qué defendemos primero, lo nuestro o lo de más allá? Ambas cosas al unísono, aunque sea más desgastante.
Si continuamos hablando de los regímenes democráticos en donde se han desarrollado cumplidamente los modelos de la Seguridad Social, debemos ponderar el requerimiento de una mayor financiación dada la evolución demográfica, el alargamiento de la esperanza de vida y los cambios producidos en la concepción de la familia. Todo ello va a exigir una reorganización de las bases consideradas en el momento de su fundación.
Por otro lado, dentro de esta tarea de resguardar los derechos de las personas, el papel del Estado de Bienestar puede confundirse con acciones intervencionistas o meramente burocráticas. Lo cual también reclama una redefinición de la noción de bienestar social. Es preponderante alcanzar acciones más flexibles y adaptadas; sin caer en el derroche y, a la vez, más vinculadas a la participación social. ¿Necesitamos hoy un Estado de Bienestar socialdemócrata que funcione como un seguro colectivo, afianzado en una estricta idea contributiva? ¿La respuesta a estos aún ‘emergentes’ Derechos Humanos es tender a generar de forma simétrica políticas sociales compensatorias y distributivas?
En nosotros y en nuestra capacidad colaborativa/participativa como ciudadanos de acción está dar respuesta a estas cuestiones.

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